SEPARACIÓN, DIVORCIO Y NULIDAD MATRIMONIAL, ASPECTOS MÁS SIGNIFICATIVOS
Una vez que ha surgido la crisis matrimonial los cónyuges pueden ponerle fin reconciliándose, pactando tácita o expresamente una separación
de hecho o, en última instancia, acudiendo a los tribunales de justicia para solicitar la separación, el divorcio o la nulidad del matrimonio.
Tanto la separación como el divorcio implican la existencia de un matrimonio válido celebrado pero que ahora, en el caso de la separación, va a suspender temporalmente sus efectos (cabe una posterior reconciliación, si
se ha instado la separación judicial debe ser solicitada por esta vía) o va a dejar definitivamente de producirlos con el divorcio (no cabe posterior reconciliación y sí nuevo matrimonio). Sin embargo, en el caso de la nulidad,
aunque pueda haber existido durante cierto tiempo una apariencia de unión conyugal, al faltar alguno de los requisitos esenciales en el momento de contraerse el matrimonio se persigue sin dejar efecto el vínculo desde su propio inicio -sin embargo,
para el cónyuge de buena fe (sin ser doloso su actuar) sí surgirá el derecho a indemnización contemplado en el artículo 98 del Código Civil y el derecho de opción en la liquidación de la sociedad
conyugal del artículo 95 del mismo Texto Legal-.
Por lo tanto, la separación y el divorcio atienden a las circunstancias sobrevenidas
después de contraer matrimonio, y en cambio la nulidad a las que existían en el momento mismo de contraerlo, con efectos ex tunc (desde su inicio).
Requisitos legales para solicitar el divorcio: Desde la nueva regulación normativa el divorcio es aquella institución legal que permite
la disolución del vínculo matrimonial sin necesidad de alegar ni probar causa justificativa alguna (acausal), es decir por la mera voluntad de alguno de los esposos de poner fin a la relación matrimonial. Con el ÚNICO REQUISITO
legal del transcurso de TRES MESES desde la celebración del mismo, salvo en aquellos supuestos de violencia dóméstica (denominada actualmente como de género) en los que no existe plazo legal alguno para su solicitud.
Documentación a aportar: Si vas a iniciar los trámites de una separación
o divorcio, te aconsejamos que reúnas la siguiente información:
- Información patrimonial y económica: documentos que
justifiquen tanto los ingresos como los gastos, propiedades y préstamos de la unidad familiar; se aconseja la aportación de las declaraciones de la renta de los tres últimos ejercicios fiscales (sean conjuntas o individuales).
- Certificación literal de matrimonio y nacimiento de los hijos (si los hubiera). Estos son los únicos documentos que se requieren,
siempre y cuando la expedición del certificado se haya realizado en los últimos tres meses anteriores a su presentación junto a la demanda de divorcio o separación. Estos certificados se expiden en el Registro Civil del
lugar de celebración del matrimonio y, en su caso, del nacimiento de los hijos. Normalmente se expiden al momento y sin coste alguno, además también se pueden solicitar por internet en la página del Ministerio de Justicia.
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